La lucha de las víctimas
por la justicia



Un nuevo informe del Centro Nacional de Memoria Histórica ‘El derecho a la justicia como garantía de no repetición’ es una memoria de la relación de las víctimas con la justicia y las falencias del aparato judicial para satisfacer sus derechos.

El informe ilustra, desde el punto de vista de las víctimas, cómo ha sido su experiencia de búsqueda de la justicia y cómo ha operado el sistema judicial para satisfacer su derecho a la justicia. Analiza cómo se han incluido las víctimas en el sistema judicial penal, qué significado han dado a la justicia y si se han sentido satisfechas o no con ella; explora el sentido reparador que tiene o no el proceso penal y la incidencia de los contextos sociopolíticos cambiantes en la satisfacción del derecho a la justicia.

Para hacerlo, combina un repaso detallado a la evolución en los últimos 30 años de las normas judiciales para enfrentar los reclamos de las víctimas y seis relatos en profundidad de casos emblemáticos de la lucha de las víctimas y sus familias por la satisfacción de su derecho a la justicia.

El informe está dividido en dos volúmenes. El primero, ‘Graves violaciones de derechos humanos: luchas sociales y cambios normativos e institucionales 1985 – 2012’, reconstruye la historia de la lucha de los movimientos sociales y de víctimas por la defensa de los derechos humanos y contra la impunidad, la evolución de las normas y regulaciones en Colombia, en esos 30 años, y los contextos cambiantes en los que todo esto tuvo lugar.

El segundo, ‘Casos de víctimas de violaciones a los derechos humanos en búsqueda de la justicia y de la satisfacción del derecho a la justicia’, reúne con gran detalle los relatos de seis víctimas de distintas violaciones, que exponen las debilidades, los avances y las contradicciones entre las normas y su interpretación y aplicación del acceso de las víctimas a la justicia.

Día del Detenido Desaparecido. Septiembre de 2015. Fotografía por César Romero.



LA HISTORIA

La larga historia de luchas por la justicia y la impunidad en Colombia ha estado signada por una respuesta insuficiente del Estado a las víctimas y una alta impunidad, pero también por respuestas que han cambiado el concepto de justicia y la interacción de las víctimas con la misma. Para estudiar esta evolución, el informe analiza dos escenarios:

  • el de la búsqueda de justicia por parte de las víctimas, que quieren saber qué pasó, por qué, quién es el responsable y limpiar el nombre de su familiar, en procesos a veces independientes o alternativos al sistema judicial
  • el de satisfacción del derecho a la justicia, cuyos tiempos, formas y objetivos son los del sistema judicial, que pone a las víctimas en escenarios que, pese a producir sentencias y condenas, a menudo no dan respuesta a sus preguntas, no les confieren un papel protagónico y, en consecuencia, no generan satisfacción en ellas de su derecho a la justicia.
El informe estudia tres periodos:

1985 – 1990

El lustro que empezó con la toma y retoma del Palacio de Justicia, y terminó con la desmovilización de los protagonistas de la primera, estuvo marcado por el estado de excepción, altas dosis de violencia contra civiles e impunidad. Según el gobierno de Virgilio Barco, solo 20% de los crímenes llegaban a conocimiento de las autoridades y de estos apenas 4% era objeto de una sentencia. La violencia generalizada y la guerra sucia contra la izquierda, la violencia guerrillera a partir de la ruptura de la tregua, en 1987, y la violencia del Cartel de Medellín marcaron el contexto en el que surgió la lucha por la justicia por parte de las víctimas, sus familiares y las organizaciones de derechos humanos.

El discurso de los derechos humanos estaba entonces apenas en ascenso y las luchas sociales empezaron a incorporar su defensa, en un marco en el que la doctrina de seguridad nacional criminalizaba su accionar. Se firmaban los primeros tratados internacionales y tenían lugar las primeras visitas de organismos foráneos de protección de los derechos humanos.

En los años previos, habían surgido las primeras organizaciones nacionales: el CINEP, en 1972; el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, en 1973; del primer foro nacional por los derechos humanos surgió, en 1979, el Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, presidido por Alfredo Vázquez Carrizosa. En 1980 surge el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y la Comisión Colombiana de Juristas en 1988. La Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos se creó en 1982 como reacción frente a la desaparición de 12 universitarios.

El espacio público que ganaron estas organizaciones con sus iniciativas era muy reducido y el recurso a mecanismos internacionales de protección, escaso. Las autoridades percibían a los defensores de derechos humanos como aliados de la subversión y muchos fueron asesinados, amenazados o forzados al exilio. La primera visita de un organismo extranjero la adelantó Amnistía Internacional, en 1980, que produjo un informe crítico de la situación de derechos humanos, que molestó al gobierno. En 1987, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció sobre un caso de desaparición forzada.

Pese a que hubo intentos institucionales por restringir las medidas de excepción (el Estado de sitio duró de 1984 a 1991), estas limitaron seriamente el acceso y la satisfacción de las víctimas a la justicia. En 1987, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el juzgamiento de civiles en tribunales militares y, en 1988, determinó que los delitos comunes contra civiles cometidos por militares debían ir a la justicia ordinaria. La Procuraduría adelantó varios procesos contra militares que habían cometido violaciones. Sin embargo, en 1988 se expidió el llamado estatuto antiterrorista, que llevó a un aumento exponencial de allanamientos y detenciones, y se creó la Jurisdicción de Orden Público, que condujo luego a la ‘justicia sin rostro’.

1991 - 2004

La Constitución de 1991 y el ataque a Casa Verde inician un periodo caracterizado por profundos cambios institucionales y el escalamiento y degradación del conflicto armado. La tasa de homicidios entre 1997 y 2001 llegó a 78,6 por 100.000 habitantes. La creación de las Convivir y la conformación de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, en 1994, y de las Autodefensas Unidas de Colombia, en 1996, marcan la consolidación de los grupos paramilitares, la generalización de masacres, desapariciones forzadas, torturas y homicidios selectivos, y la complicidad de agentes del Estado con la guerra sucia. En paralelo a los diálogos con los grupos guerrilleros, a una oleada de secuestros y extorsiones por parte de estos y a la arremetida paramilitar, la sociedad protagonizó el ‘mandato por la paz’, con 10 millones de votos en las elecciones de 1997.

Este periodo asistió a un fortalecimiento de la movilización por la justicia y contra la impunidad así como por una solución negociada al conflicto armado, con participación del movimiento indígena y afrocampesino y el surgimiento de organizaciones de mujeres.

La Corporación Reiniciar, surgida en 1993, luchó contra el exterminio de la Unión Patriótica y, basada en un informe de la Defensoría, llevó el caso a la CIDH. De un seminario internacional sobre comisiones de la verdad, en 1994, surgió el proyecto ‘Colombia Nunca Más’, que empezó a posicionar la memoria histórica. Hacia 2001 se crearon las primeras zonas humanitarias, en el Cacarica, Curvaradó y Jiguamiandó, el Alto Ariari y San José de Apartadó, así como zonas de biodiversidad. En 1995 surgieron la Organización Femenina Popular y la Ruta Pacífica de las Mujeres. De la Asamblea Nacional por la Paz, contra la Impunidad y por la Vida, en 1999, surgió la Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz, y en 2000 se logró la tipificación de la desaparición forzada en la legislación colombiana.

Con el auge del secuestro, se consolidaron organizaciones como País Libre (1992) y Asfamipaz, que nació en 1999, y se hicieron marchas contra este fenómeno y la desaparición forzada, aunque los medios de comunicación pusieron el énfasis en las primeras. Esto, dice el informe, puso en evidencia “la ‘jerarquización’ que de las víctimas hicieron algunos sectores de la sociedad al promover acciones de solidaridad con unas (las víctimas del secuestro) e indiferencia para con otras (las víctimas de la desaparición forzada), y el consecuente rechazo a los grupos guerrilleros como principales responsables de los secuestros en Colombia, mientras se guardaba un silencio complaciente frente a los crímenes del paramilitarismo y de agentes del Estado, principales perpetradores de las desapariciones forzadas”.

El fortalecimiento de las organizaciones de derechos humanos y nuevas estrategias de movilización política y jurídica llevaron a un impulso de los litigios a nivel internacional. La primera condena contra el Estado colombiano en la Corte Interamericana tuvo lugar en 1995; la comisión que investigó desde 1994 la masacre de Trujillo llevó al gobierno de Ernesto Samper a reconocer la responsabilidad del Estado. Surgieron organizaciones como la Coordinación Colombia-Europa-Estados Unidos, la Asamblea Permanente de la Sociedad Civil por la Paz (1998) y la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo. En 1996 se instaló en el país una oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y, al año siguiente, ACNUR. Hubo visitas de relatores de la ONU y de la CIDH.

Las autoridades, en especial los militares, seguían considerando ‘subversivo’ el discurso de los derechos humanos y, en este periodo, añadieron el concepto de ‘guerra jurídica’, según el cual la labor de los defensores de derechos humanos buscaba favorecer a la guerrilla neutralizando a los uniformados mediante procesos judiciales. En este ambiente, fueron asesinados, entre muchos otros, Mario Calderón y Elsa Alvarado, del CINEP, en 1997, y Jesús María Valle, en 1998.

La Constitución del 91, con su abanico garantista de derechos y la tutela, marcó el acceso de las víctimas a la justicia, aunque el pasado conservador de la Constitución de 1886 seguía pesando. Decisiones frente a la corrupción, los excesos oficiales, la protección de minorías y poblaciones estigmatizadas, y la protección de los derechos sociales dieron gran prestigio y confianza a la Corte Constitucional y abrieron nuevas vías para el acceso de las víctimas a la justicia. En los primeros diez años de vigencia de la nueva carta, los jueces resolvieron 600.000 tutelas. En 2004, se anunció la sentencia T-025 que ordenaba al Estado tomar medidas ante el estado de cosas inconstitucional frente a los desplazados.

Sin embargo, importantes elementos de la legislación de excepción anterior se incorporaron en la legislación ordinaria y la Justicia de Orden Público pasó a denominarse justicia regional en un nuevo Código Penal. Estos rasgos fueron objeto de una sentencia de la Corte, que las eliminó en el 2000. El fuero penal militar y los debates en torno al mismo se mantuvieron en todo el periodo. En 1995, la Corte determinó, por ejemplo, que militares en servicio activo no podían formar parte de tribunales castrenses, pero poco después el Congreso reformó la Constitución para permitirlo. En la Corte y en el Congreso el fuero se restringió, excluyendo de los delitos relacionados con el servicio la tortura, el genocidio y la desaparición forzada y se permitió la constitución de las víctimas en parte civil en los procesos contra militares.

La creación de la Fiscalía como órgano de investigación independiente del ejecutivo fue otro paso importante. La Unidad Nacional de Derechos Humanos se creó en 1994, aunque era pequeña y su capacidad de investigación, limitada. El programa de protección de víctimas y testigos, creado seis años después que la Fiscalía, tenía debilidades y su presupuesto era insuficiente. La Procuraduría, por su parte, fue objeto de cambios para ocuparse con más eficiencia de las violaciones a los derechos humanos, aunque la Procuraduría Delegada para el tema también tenía insuficiencias presupuestales.

La conceptualización sobre los derechos de las víctimas avanzó a nivel internacional, con la adopción en la ONU, en 1998, de los principios para la protección y promoción de los derechos humanos, y la decisión de la Corte Constitucional, en 2002, de que la participación de la víctima en el proceso penal no podía limitarse al resarcimiento material, sino que debía incluir sus derechos a verdad, justicia y reparación.

2005 - 2012

En un marco de negociación entre el gobierno de Álvaro Uribe con los paramilitares y de negación de la existencia de un conflicto armado que continuaba causando estragos entre los civiles, Colombia entró a la Justicia Transicional con la expedición de la Ley 975 de Justicia y Paz. La práctica de ejecuciones extrajudiciales creció notablemente: las organizaciones de derechos humanos pasaron de documentar 739 entre 1994 y 2001 a registrar 3.512 de 2002 a 2010 y los ‘falsos positivos’ saltaron a primer plano a partir del asesinato de los jóvenes de Soacha, en 2008. Con la llegada de Juan Manuel Santos a la Presidencia, el discurso cambió: se reconoció el conflicto armado y se promulgó la Ley 1448, que reconoció las víctimas y sus derechos y la necesidad de restituir las tierras despojadas mediante la violencia.

La movilización jurídica se amplió, en un marco de activismo reforzado de las víctimas y las organizaciones y se llevó a los estrados nacionales e internacionales. La discusión de la ley 975, desde el primer proyecto de alternatividad penal hasta los sustanciales cambios y mejoras que introdujo la Corte Constitucional en su versión final –en respuesta a demandas presentadas por víctimas y organizaciones–, introdujo un nivel de castigo penal para los perpetradores de graves violaciones a los derechos humanos y atendió a las demandas de las víctimas, que decidieron participar en los procesos de Justicia y Paz.

La falta de respuesta de las autoridades llevó a las víctimas y sus organizaciones a reforzar el litigio a nivel internacional. La Corte IDH profirió, entre 2004 y 2012, diez sentencias. Nuevas disciplinas, además del derecho, se integraron a la búsqueda y satisfacción de justicia: la identificación de los daños más allá de lo material, el acompañamiento psicosocial, la capacidad de agencia de las víctimas. Las víctimas se consolidaron como sujeto político y “adquieren con sus acciones un reconocimiento y una voz que no tenían”, como dice el informe.

Las víctimas de crímenes de Estado se posicionan y, entre otras organizaciones, aparece el Movice, en 2005, a partir de los encuentros de víctimas de crímenes de Estado. Reiniciar presentó al Congreso un proyecto de ley para honrar las víctimas de la UP. Sin embargo, se mantenía la asimetría con la que la sociedad condenaba los crímenes de la guerrilla y los de agentes del Estado, como se expresó en la marcha del 4 de febrero de 2008 contra las Farc y la del 6 de marzo, convocada por el Movice.

Las víctimas y organizaciones de derechos humanos participaron intensamente en la discusión de la Ley 1448, cuyo proyecto inicial se hundió en 2009, en el gobierno de Álvaro Uribe, y revivió con el de Juan Manuel Santos. Las organizaciones presentaron múltiples propuestas que se basaban en una visión integral de su derecho a la justicia. Durante el gobierno de Uribe hubo una sustancial desmejora en los derechos humanos, se incrementó el riesgo para los defensores y se generalizó un discurso agresivo y estigmatizante. Esto contribuyó a la confluencia de distintas organizaciones, como las que se agruparon en 2006 bajo ‘Techo Común’, que coordinó a cuatro plataformas de derechos humanos y promovió nuevas estrategias de lucha por el derecho a la justicia. Actores internacionales redoblaron también su actividad en el país.

Dos modelos distintos de aplicación de la Justicia Transicional caracterizan este periodo: el de Justicia y Paz, flexible en materia de castigo y con escaso desarrollo de medidas a favor de los derechos de las víctimas; y el de La ley de Víctimas, que pone más énfasis en la reparación integral, aunque su aplicación ha tenido debilidades. La introducción del Sistema Acusatorio representó un retroceso en el derecho de las víctimas a constituirse como parte civil en los procesos judiciales, aunque se creó una instancia de reparación integral. Y si bien se avanzó en mecanismos para mejorar la investigación de la desaparición forzada, como el Mecanismo de Búsqueda Urgente, en 2005, o la creación de una Unidad especializada en la Fiscalía en 2010, estos poco se tradujeron en la práctica.

Aunque a partir de la sentencia C-370 de 2006 de la Corte Constitucional se dio mayor alcance a los derechos de las víctimas en el proceso de Justicia y Paz, esto enfrentó muchos obstáculos prácticos. Hubo restricciones a la participación de las víctimas y estas no podían contrastar las versiones de los paramilitares procesados. Solo después de que se hizo evidente la dificultad de las víctimas para asistir a las audiencias de versión libre, se organizó su transmisión en video. Los procesos han sido lentos y han producido escasas sentencias. La reforma de 2012 buscó corregir algunos problemas, pero retrocedió, por ejemplo, al eliminar la audiencia de reparación integral.

Finalmente, en este periodo, se dieron nuevos debates y tensiones en torno al fuero penal militar y hubo fuertes conflictos con la jurisdicción ordinaria. Un proyecto de reforma al fuero presentado por el ministerio de Defensa en 2012 volvió a agitar las aguas: su versión inicial dejaba bajo competencia de la justicia castrense delitos como homicidios contra civiles, detenciones ilegales o tortura. Ante las críticas y la movilización de organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, estos y otros crímenes terminaron excluidos de la jurisdicción penal militar. Sin embargo, una vez aprobada, la reforma constitucional fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, y el debate continúa.

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