Conclusiones Derecho a la justicia
como garantía de no repetición



Familiar de víctima de desaparcicion forzada. Fotografía por Julio Barón
Las conclusiones del informe se limitan a los seis casos estudiados en profundidad y no tienen pretensiones de generalidad. Sin embargo, los seis relatos son elocuentes sobre las dificultades de las víctimas para encontrar satisfacción de sus derechos en el sistema judicial y sobre las dificultades y contradicciones de la justicia para relacionarse con ellas.

En algunos casos, la búsqueda de justicia de las víctimas y las organizaciones y la acción del Estado se encontraron, como cuando se tipificó finalmente en Colombia el delito de desaparición forzada, o con el reconocimiento de la protección de víctimas de violaciones a los derechos humanos en la Constitución de 1991. Sin embargo, entre las reformas legales y su aplicación hay una gran distancia y la conclusión, incluso en casos en que se producen sentencias, es la insatisfacción de las víctimas en su derecho a la justicia.

  • 1. Las expectativas de justicia de las víctimas son integrales y van más allá de lo que el proceso judicial puede responder, y son distintas para cada víctima. El informe estudia la situación por dos vías: la búsqueda de justicia de parte de las víctimas, que buscan, como dice el informe “nacer de nuevo”, y la satisfacción del derecho a la justicia por parte del Estado, es decir lo que este hace o deja de hacer.
  • 2. Factores que obstaculizan la inclusión de las víctimas en el sistema judicial-penal:
    1. a. Aunque el reconocimiento de los derechos de las víctimas ha avanzado, la interpretación de las normas ha sido un obstáculo y la distancia entre la norma y la práctica judicial es muy grande.
      b. La complejidad del sistema judicial y la falta de claridad de las víctimas sobre sus procedimientos hacen que estas sientan que el sistema es indiferente frente a ellas.
      c. Hay déficits notables en la interlocución del sistema judicial con las víctimas, en que les dé trato digno y las incluya para participar en los procesos. Hay una incomunicación que obstaculiza la inclusión de las víctimas en el sistema judicial penal:
      i. En algunos casos, porque el delito en cuestión no está tipificado, como ocurrió durante mucho tiempo con la desaparición forzosa, o porque la justicia no atiende a la denuncia de un delito específico, como la violencia sexual.
      ii. Una vez en marcha el proceso judicial, se detectan brechas importantes entre el reconocimiento formal de las garantías de que deben gozar las víctimas y su aplicación práctica. La falta de información a las víctimas sobre la marcha del proceso es notable y se las considera intervinientes circunstanciales, no actores protagónicos.
      iii. Finalmente, cuando se producen sentencias, hay casos en que no se informa a las víctimas.
  • 3. Percepciones del sistema judicial sobre las víctimas, los victimarios y los tipos de violación.
    1. a. Sesgos del sistema judicial:
      i. Sesgos ideológico-políticos, que muestran la percepción negativa de las autoridades frente a ciertas víctimas y las estigmatizan.
      ii. Sesgos de género, en especial frente a la violencia sexual.
      iii. Sesgos de raza, en especial frente a comunidades marginales como los afro.
      b. La forma como el sistema tipifica la violación, dudando de la credibilidad de la víctima sobre el delito cometido contra ella, es otro factor.
      c. Hay una ‘asimetría moral’ en la condena de la sociedad –y del aparato judicial– de los crímenes de los distintos actores del conflicto que hace que las víctimas de agentes del Estado enfrenten mayores obstáculos en su acceso a la justicia.
  • 4. Factores que obstaculizan la participación de las víctimas.
    1. a. El lenguaje técnico propio de la administración de justicia.
      b. La reasignación o traslado de las investigaciones hacen más difícil y costoso el acceso de las víctimas a los procesos.
      c. La estigmatización de víctimas individuales o colectivas y la falta de redes de apoyo dificultan el acceso a la justicia. Por el contrario, cuando estas redes las acompañan, hacen una diferencia.
  • 5. Limitaciones del proceso penal para ofrecer una experiencia reparadora a las víctimas. En algunos casos las altas cortes o el sistema interamericano han producido sentencias que responden a las expectativas de justicia de las víctimas. Pero en otros, los procesos no avanzan y, aun con sentencia, las víctimas consideran la sentencia o la condena irrisoria.
  • 6. Los contextos sociopolíticos. Además de las dificultades de búsqueda de justicia en un contexto de conflicto armado, la violencia y las amenazas contra las víctimas, el miedo a denunciar son otros tantos obstáculos para satisfacer el derecho a la justicia.
  • 7. La falta de acceso a la justicia genera inseguridad y desconfianza en el Estado de Derecho.

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